IMPORTANTE: Debe estar registrado en Hacienda SURI para recibir pago.

NOTA: Este programa no es para asistencia hipotecaria. Solo regístrese como arrendador si es arrendador de un inquilino que necesita asistencia para el alquiler. 

Se requiere que el propietario se registre para obtener una cuenta de arrendador para obtener fondos de asistencia de alquiler de emergencia de Puerto Rico para sus inquilinos elegibles, pero también brinda muchos beneficios a los propietarios. Al registrarse para obtener una cuenta de propietario, los propietarios pueden hacer lo siguiente:

  • Recomendar a sus inquilinos para que soliciten el Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Puerto Rico 
  • Acceder a la información de fecha 24 horas al día, 7 días a la semana sobre el estado de la solicitud del inquilino
  • Firmar o subir electrónicamente fácilmente los documentos requeridos
  • Regístrarse para el depósito directo de fondos elegibles
  • Ver información de pago sobre los fondos del programa aprobados para sus inquilinos
  • Administrar múltiples inquilinos, entidades y propiedades en una sola cuenta al inicio de sesión

Antes de completar el registro, mire este video: Cómo Registrarse y repase los conceptos básicos a continuación.

 

Elegibilidad
  • Su propiedad de alquiler debe estar ubicada en Puerto Rico.
  • Para recibir asistencia, el inquilino debe presentar una solicitud y ser cualificado como elegible para recibir asistencia. Para ver los criterios de elegibilidad, consulte las Preguntas frecuentes para obtener más información.
  • El programa de asistencia de emergencia para el alquiler de Puerto Rico puede ayudar a los inquilinos afectados financieramente por la pandemia a pagar el alquiler desde abril de 2020. Este programa ayuda a pagar:
    • alquileres actuales y vencidos,
    • cargos por atraso de alquileres vencidos,
    • renta futura (después de que se proporcione asistencia de renta vencida y actual, los inquilinos elegibles que necesiten ayuda con la renta futura pueden ser certificados en grupos de 3 meses de asistencia de renta futura, por no más de 18 meses de ayuda de renta total por alquileres no pagados que vencen entre abril de 2020 y diciembre de 2021, si hay fondos disponibles.
  • El solicitante debe ser un inquilino sin ningún interés financiero en la propiedad alquilada.
Registro de propietarios

Propietarios pueden configurar su cuenta para administrar la información de más de una propiedad. Esto incluye a los propietarios de múltiples propiedades (por ejemplo, 123 Ave de Diego. y 987 Calle Robles.) y administradores de complejos de apartamentos y otras propiedades multifamiliares.

¿Tiene varios miembros del personal que necesitan buscar o proporcionar información? Los propietarios solo necesitan registrarse una vez para obtener una cuenta de acceso. Si tiene más de un miembro del personal que necesita acceso a la información del inquilino en una propiedad, regístrese una vez y comparta credenciales de inicio de sesión.

Al registrarse y establecer propiedades en la cuenta del portal de Programa de Asistencia para el Pago de Rentas de Puerto Rico, los propietarios reciben un código de referencia único para cada propiedad que se les puede dar a sus inquilinos para que lo incluyan con su solicitud, que vincula directamente al inquilino con su propietario en el Portal.

Documentación del propietario
Además, los propietarios pueden completar o subir la siguiente documentación:

Información de propiedad
  • Proporcionar información bancaria de depósito directo
  • Cargue una copia de su identificación con foto
Información obligatoria relacionada con el inquilino
  • Proveer el contrato de arrendamiento firmado
  • Firmar electrónicamente el formulario de certificación del propietario
Consulte las Preguntas frecuentes para obtener más información. Si necesita ayuda para registrarse, llame al (787) 759-1888 de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., lunes a viernes, excepto días feriados.